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Desde el 2015 existe en nuestro país una ley que permite a particulares y autónomos conseguir la exoneración de su deuda. Una de las dudas más comunes que surgen al entrar en contacto con la Ley es si también existe la posibilidad de la cancelación de la deuda pública con la Ley de Segunda Oportunidad. Desde Cebriá Partners, despacho de abogados expertos en Ley de Segunda Oportunidad, te queremos contar todo lo que necesitas saber sobre este tema.

Requisitos para cancelar la deuda pública.

Como seguramente ya sabes, la Ley de Segunda Oportunidad permite cancelar las deudas de particulares y autónomos. Es bastante frecuente en este segundo grupo, los autónomos, que algunas o todas las deudas contraídas sean públicas. Es decir, con Hacienda, la Seguridad Social, ayuntamientos… y muchas personas no saben que gran parte de esa deuda también se puede cancelar gracias a esta Ley.

Los requisitos que se han de cumplir para poder optar a cancelar tu deuda pública son los siguientes:

  • Que el concurso de acreedores no se califique como culpable, es decir, que la persona haya actuado de buena fe y se encuentre en esta situación de insolvencia de forma fortuita.
  • Haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial de pago con los acreedores.
  • Que el deudor no haya sido condenado por delitos económicos, sociales o documentales.
  • No haberse acogido a esta misma Ley en los últimos 10 años. La Ley de la Segunda Oportunidad es un recurso que ayuda a salir de una mala situación económica, pero no es posible acogerse a ella de manera recurrente.
  • Que se haya pagado los créditos contra la masa y los privilegiados, lo que se consideran deudas “obligatorias”, y un 25% de las ordinarias. Si este requisito no se cumple se deberá proponer un plan de pago para esas deudas.

Como ves, estos requisitos son muy similares a los que se deben cumplir para poder acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad teniendo deudas privadas, es decir, con alguna entidad financiera. Si no sabes si cumples todos los requisitos no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Cancelación de deuda pública con la Ley de Segunda Oportunidad

¿Cómo funciona la cancelación de deuda pública?

Como ya hemos comentado, con la Ley de la Segunda Oportunidad es posible cancelar gran parte de la deuda pública. Pero, la pregunta que siempre nos hacen es ¿Cómo funciona esta cancelación? Te lo contamos.
De la deuda pública se suele poder cancelar al rededor de un 70%. La cancelación funciona de la forma que vamos a explicar a continuación.

Se cancela el 50% de la deuda total más el 100% de los intereses, recargos y sanciones que esta deuda ha generado. Es decir, de la deuda total se cancela la mitad y a eso se le suman todos los gastos extra que la deuda haya generado a lo largo del tiempo. Esto es aproximadamente el 70% de la deuda.

El otro 30% que no se puede cancelar se renegocia y se paga en plazos que se adaptan a las necesidades concretas de cada uno.

Es decir, si te acoges a la Ley de Segunda Oportunidad podrás cancelar la gran mayoría de tu deuda pública, y la que no sea posible cancelar podrás pagarla de forma fraccionada para que no suponga un esfuerzo económico para ti.

Como ves, la cancelación de dudas pública es posible y está al alcance de todos aquellos particulares y, sobre todo, autónomos, que se encuentran en una situación económica insostenible por culpa de las deudas.

En Cebriá Partners somos especialistas en Ley de Segunda Oportunidad y podemos ayudarte. Ponte en contacto con nosotros, estudiaremos tu caso de forma personalizada y te ofreceremos la solución que mejor se adapte a tus necesidades y las de tu caso.

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